La CNSC avala prácticas como experiencia laboral en sus procesos de selección


• Dentro de las prácticas que podrían valorarse están las pasantías, prácticas,
judicaturas, servicio en los consultorios jurídicos, monitorias, contratos
laborales, contratos de prestación de servicios, participación en grupos de
investigación, contratos de aprendizaje y relación docencia de servicio del
sector salud.
Bogotá. Martes, 28 de septiembre de 2021. Teniendo en cuenta que la Ley 2039
del 27 de julio de 2020, que establece “… promover la inserción laboral y productiva
de los jóvenes y dictar disposiciones que aseguren su implementación…” la
Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC-, aprobó adicionar las reglas para
valorar experiencia previa y prácticas laborales en sus procesos de selección.
Este punto quedó como complemento del Criterio Unificado de “Verificación de
requisitos mínimos y prueba de valoración de antecedentes de los aspirantes
inscritos en los procesos de selección que realiza la CNSC para proveer vacantes
definitivas de cargos de carrera administrativa”.
Dentro de las prácticas que podrían valorarse en los procesos de selección se
encuentran las pasantías, prácticas, judicaturas, servicio en los consultorios
jurídicos, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios,
participación en grupos de investigación, contratos de aprendizaje y relación
docencia de servicio del sector salud.
Este aval se tendrá en cuenta en los próximos procesos de selección que realice la
Comisión Nacional del Servicio Civil.
Validación como experiencia laboral
La Ley 2039 de 2020 establece que para que las prácticas sean aprobadas, estás
deben estar debidamente certificadas por la autoridad competente y serán
acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se
relacione directamente con el programa académico cursado.
En el caso de los grupos de investigación, la autoridad competente para expedir la
respectiva certificación será el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación al
igual que las entidades públicas y privadas parte del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (SNC TI) en el caso de la investigación aplicada de la
formación profesional integral del SENA, la certificación será emitida por esta
institución.
Así mismo, el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Ministerio del
Trabajo reglamentarán, cada uno en el marco de sus competencias, una tabla de
equivalencias que permita convertir dichas experiencias previas a la obtención del
título de pregrado en experiencia profesional válida. El valor asignado a la
experiencia previa será menor a aquella experiencia posterior a la obtención del
respectivo título. En el caso del sector de la Función Pública, las equivalencias
deberán estar articuladas con el Decreto 1083 de 2015 o el que haga sus veces.

La experiencia previa solo será válida una vez se haya culminado el programa
académico, aunque no se haya obtenido el respectivo título, siempre y cuando no
se trate de aquellos casos establecidos en el Artículo 128 de la Ley Estatutaria 270
de 1996.
Concursos públicos de mérito
La Ley 2039 de 2020, también establece que en los concursos públicos de mérito
se debe tener en cuenta la experiencia previa a la obtención del título profesional.
En la valoración de la experiencia profesional requerida para un empleo público, se
tendrá en cuenta como experiencia previa la adquirida en desarrollo y ejercicio de
profesiones de la misma área del conocimiento del empleo público.
El Ministerio de Trabajo reglamentará un esquema de expediente digital laboral que
facilite a los trabajadores en general, especialmente a los jóvenes en particular, la
movilidad en los empleos, de tal forma que contenga, entre otras, las certificaciones
digitales académicas y laborales. Este expediente hará parte de los sistemas de
información del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al
Cesante (Fosfec).
Para más información, consulte el Criterio Unificado en el siguiente enlace
https://bit.ly/3kPNAvj