Normativa para el horario de funcionamiento de establecimientos de comercio en Facatativá

Facatativá, agosto de 2021 – Decreto 132 de 2021: “Por medio del cual se modifica el Decreto 362 de 01 de diciembre de 2017 y el Decreto 095 de 06 de abril de 2018, donde se establece el horario de atención al público para los establecimientos comerciales y de servicios en el municipio de Facatativá, se dictan otras disposiciones y se entregan facultades a la Secretaria de Gobierno municipal para el manejo de horario y extensión del mismo.»

A través de este Decreto, el gobierno municipal anuncia una nueva reglamentación y horarios de apertura de establecimientos de comercio en Facatativá.

Vale la pena mencionar que los horarios dispuestos han sido aprobados por el Ministerio del Interior. Sin embargo, esto no exime o excluye la aplicación de las normas y protocolos de bioseguridad aprobados o vigentes.

Esta normativa cobija a entidades de:
– Servicios financieros.
– Servicios personales: servicios de logística, servicios de parqueadero, servicios turísticos, servicios profesionales, técnicos y/o especializados, servicios técnicos, servicios de comunicación y entretenimiento masivo, servicios técnicos especializados, servicios de diversión y esparcimiento, actividad de venta y consumo de bebidas alcohólicas.
– Comercio en general y sitios de culto: comercio, droguerías, agencias de transporte público de pasajeros intermunicipales, venta de artículos agropecuarios, maquinaria, herramientas y accesorios, depósito de materiales de construcción y comercio mayorista; iglesias y edificaciones diseñadas y construidas para uso de cultos religiosos.

Consulte la información que se detalla en el texto de este Decreto para cada tipo de establecimiento, el cual rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones anteriores que le sean contrarias.

Alcaldía de Facatativá